MUSEO DE LA COMUNIDAD DE FRANCISCANAS CLARISAS DE BORJA. (ZARAGOZA) ESPAÑA

miércoles, 16 de octubre de 2013

LIBRO DE LA REGLA
1614
Zaragoza
[4] 171 p [5] en blanco. 4º
Encuadernación en cuero repujado


Entre las obras más significativas del Museo se encuentra el Libro de la Regla, custodiado hasta ahora en los fondos antiguos de la biblioteca conventual y, en la actualidad, en la sala II del Museo junto con otros recuerdos de la época fundacional del convento.

Regla de las clarisas de Borja. (Foto: A. Aguilera).

Se trata de un pequeño libro de tapas de cuero con bella decoración geométrica de herencia mudéjar. Sus hojas están manuscritas en pergamino con capitales miniadas que dan inicio a los diferentes capítulos de la regla y dos pinturas, sitas en los folios 1v. y 9v., que representan el episodio hagiográfico de la estigmatización de San Francisco y a Santa Clara con ostensorio, báculo de abadesa, vestida y calzada como clarisa urbanista.

Santa Clara en la Regla de las clarisas de Borja. (Foto: A. Aguilera)

En otros importantes conventos de clarisas también se han conservado Reglas similares, como en Medina de Rioseco, que custodia dos ejemplares fechados en 1498 y 1591. 



Anónimo castellano. 1498. Medina de Rioseco

En un principio, el propio San Francisco redactó para Santa Clara y sus compañeras, moradoras en el monasterio de San Damián, unas observancias por las que debían regir su modelo de vida. Sin embargo, el canon 13 del IV Concilio de Letrán (1215) prohibía aprobar nuevas reglas, por lo que las religiosas de San Damián tuvieron que profesar la de San Benito, que en nada tenía que ver con el ideal de pobreza evangélica con el que querían vivir. 

Pronto comenzaron a proliferar por Italia los conventos de “Damianitas”, deseosos de vivir bajo el modelo y carisma del de San Damián. De esta manera, en 1218, el cardenal Hugolino redactó para ellos unos Estatutos que estuvieron en vigor, junto con la regla benedictina anteriormente citada, hasta el año 1247, cuando Inocencio IV otorgó una nueva Regla. Pero el 9 de agosto de 1253, dos días antes de morir Santa Clara, el Papa aprobó su propia Regla, la primera redactada por una mujer en la historia de la Iglesia, aunque sólo para el monasterio de San Damián.

Unos años más tarde, el cardenal Cayetano Orsini compuso otra regla, conocida como de Urbano IV, por ser el pontífice que la aprobó el 8 de octubre de 1263. La principal característica que la define, frente a la redactada por Santa Clara, es la abolición del privilegio de pobreza, estableciendo que los conventos podían poseer en común, aunque no en particular, rentas y propiedades con los que poder subsistir.

A todas las religiosas que profesaron esta última Regla se les conocía como clarisas urbanistas o urbanitas y, entre ellas, se encontraban también las de Borja, hasta que en 1990 volvieron a profesar la de Santa Clara.

Portada del libro Tierra de conventos

Este libro de la Regla del papa Urbano IV que presentamos puede ser considerado como parte del ajuar fundacional del convento, pues fue sufragado en su totalidad por sor Esperanza Hortal, abadesa fundadora del convento, en el año 1614. Asimismo, su imagen sirvió de portada para la obra Tierra de conventos, un estudio sobre los conventos de Santa Catalina del Monte y San Cristóbal de Cariñena realizado gracias a la ayuda de investigación concedida en 2009 por el Consejo Regulador de la D.O. de Cariñena,  la Institución Fernando el Católico,  la Caja Rural Cajalón y la Facultad de Filosofía y Letras de Zaragoza.












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